¿Vas a renovar tu NIE? Extranjería rechaza seguros con copagos, carencias o cobertura limitada. Comprueba que el tuyo cumple los requisitos antes de presentar la solicitud.
Seguro Adeslas válido para Extranjería
El seguro que Extranjería acepta para renovar tu NIE o tarjeta de residencia
No vale cualquier póliza. Para que tu solicitud no sea denegada, el seguro debe cumplir cinco requisitos concretos que Extranjería comprueba en cada expediente.
Este seguro cumple los cinco requisitos
Técnicamente, el NIE es el número de identificación de extranjero. Lo que suele renovarse es la tarjeta de identidad de extranjero o la autorización de residencia o estancia asociada a ese número. Por eso muchas personas buscan "renovar NIE", aunque el trámite real pueda ser una renovación de residencia no lucrativa, una prórroga de estancia por estudios, una renovación de residencia temporal o una autorización vinculada a un familiar.
En todos estos casos, cuando la Administración exige acreditar asistencia sanitaria privada, conviene presentar una póliza que no genere dudas: aseguradora autorizada en España, cobertura médica amplia, sin copagos, sin carencias y con documentación clara para adjuntar al expediente.
La referencia actual es el Real Decreto 1155/2024, que aprueba el Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000. Este Reglamento sustituyó al anterior aprobado por el RD 557/2011, sin perjuicio de los regímenes transitorios aplicables a expedientes concretos.
Para estancias de estudios y sus prórrogas, la norma exige un seguro de enfermedad concertado con una entidad autorizada para operar en España, con prestaciones similares a la cartera común básica del SNS y validez durante la estancia prevista.
La autorización inicial exige contar con seguro de enfermedad. En la renovación, además, se exige haberlo mantenido durante la vigencia de la autorización anterior y continuar con seguro para el nuevo periodo.
En reagrupación familiar, el Reglamento también contempla la necesidad de seguro de enfermedad para la persona reagrupante y los familiares, cuando corresponda según el expediente.
Además de la póliza, es recomendable aportar condiciones, certificado de asegurado y documento específico que indique que el seguro es completo, sin copagos y sin carencias.
El precio depende de dos factores: edad en la fecha de alta y provincia de destino en España. Para que no tengas que esperar una llamada o rellenar un formulario solo para saber la prima, puedes calcularla ahora mismo.
Tras tramitar el alta, normalmente se puede disponer con rapidez de la documentación básica: condiciones generales, condiciones particulares, certificado de estar asegurado y documento de cobertura provisional.
El certificado específico de Adeslas para Extranjería suele estar disponible aproximadamente 24 horas después de confirmarse el cobro de la prima. Ese certificado es el documento más importante cuando la oficina quiere comprobar que la póliza es apta para el trámite.
Introduce fecha de nacimiento, fecha prevista de alta y provincia de destino.
Verás el importe de pago único para 12 meses, con repatriación incluida.
Accede al formulario de contratación para aportar los datos completos.
Una vez confirmado el cobro, se prepara la documentación y el certificado específico.
¿Buscas una modalidad diferente? Puedes calcular otras opciones con Adeslas.
No es la opción adecuada para Extranjería. Adeslas GO funciona con copagos, y ese modelo no coincide con el estándar que normalmente exigen las oficinas de Extranjería para residencia o renovación del NIE. Para este trámite es necesario un seguro sin copagos en los servicios cubiertos.
Extranjería rechaza habitualmente pólizas con copagos o periodos de carencia, seguros de viaje, tarjetas de asistencia que solo cubren urgencias y pólizas básicas sin hospitalización ni cirugía. Además, la aseguradora debe estar autorizada para operar en España y la cobertura debe ser suficiente para toda la duración de la estancia o autorización solicitada.
Sí. Para este tipo de trámite lo prudente es contratar un seguro sin copagos. Extranjería suele rechazar pólizas que obligan al asegurado a pagar una parte del servicio en cada acto médico, ya que no se consideran equivalentes a la cartera básica del Sistema Nacional de Salud.
Sí, pero el seguro debe estar emitido y en vigor antes de que presentes la solicitud o de que te lo exijan en la cita. Si acudes sin el seguro o con uno que no cumple los requisitos, pueden pedirte subsanación, lo que retrasa el trámite. Lo más seguro es contratarlo antes de pedir la cita.
Lo habitual es presentar el certificado específico para Extranjería, que debe indicar expresamente que el seguro no tiene copagos ni carencias. Conviene acompañarlo de las condiciones particulares de la póliza y del justificante de pago si te lo solicitan. Este certificado es el documento clave que comprueba el oficial que gestiona tu expediente.
No. Para trámites de Extranjería conviene evitar pólizas básicas, seguros de viaje, seguros con copagos o productos con carencias importantes. Lo recomendable es presentar un seguro médico privado de asistencia sanitaria completa, con entidad autorizada en España y documentación clara.
No. Esta modalidad está pensada para trámites de Extranjería y se ofrece sin copagos en los servicios cubiertos.
No. La póliza se plantea sin periodos de carencia, para que la cobertura sea efectiva desde la fecha de alta indicada en la póliza.
Sí. La repatriación está incluida en esta modalidad, junto con la cobertura médica principal.
Sí, está pensada para personas que necesitan acreditar seguro médico privado completo para residencia o renovación, incluyendo la residencia no lucrativa, siempre sujeto a la revisión final del órgano que tramite el expediente.
Sí, puede utilizarse para estudiantes que necesitan acreditar seguro médico privado en España, con cobertura completa, sin copagos, sin carencias y con validez durante el periodo correspondiente.
La documentación básica suele poder facilitarse antes. El certificado específico para Extranjería normalmente está disponible unas 24 horas después de confirmarse el cobro de la prima.
No. Esta modalidad se contrata por 12 meses mediante pago único anual. Después puede renovarse automáticamente por anualidades completas, salvo oposición a la renovación comunicada en plazo.
Sí. Esta modalidad se contrata con un único pago anual para 12 meses de cobertura.
Por ahora no. Para tramitar esta póliza es imprescindible disponer de NIE, es decir, número de identificación de extranjero.
No. Actualmente no se tramitan altas para Navarra, Pamplona ni País Vasco. Por eso esas provincias no aparecen en el desplegable de la calculadora.
En contrataciones a distancia existe un plazo legal general de desistimiento de 14 días naturales, dentro de las condiciones previstas por la normativa aplicable. Además, en determinados casos puede revisarse una anulación comercial hasta 30 días tras el alta si el pago se ha realizado por domiciliación, se aporta la resolución denegatoria, no hay indicios de uso irregular y no se ha utilizado la póliza, ni asistencial ni documentalmente. La emisión del certificado específico para Extranjería puede considerarse uso documental del seguro, por lo que conviene solicitarlo cuando los datos sean correctos y la contratación esté decidida.
Importe de pago único para 12 meses. Edad calculada en la fecha de alta.
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